Chile

Ley corta de isapres: Senado aprueba el proyecto y ahora será votado en la Cámara de Diputados

El Senado aprobó en la tarde de este lunes el proyecto de ley corta de isapres, por 39 votos a favor, 3 en contra y 2 abstenciones.

En detalle, se necesitaba un total de 26 preferencias de la Sala para que la propuesta fuese despachada desde la Cámara Alta.

Ahora resta que la ley corta de isapres sea votada por los parlamentarios de la Cámara de Diputadas y Diputadas, donde deberá conseguir al menos 78 preferencias.

El Gobierno ingresó el año pasado la iniciativa para evitar el colapso de las isapres y también cumplir los fallos de la Corte Suprema que las obligan a restituir más de US$1.589 millones en cobros extras y regirse por la tabla única de factores de la Superintendencia de Salud.

Si la normativa también obtiene el visto bueno en la Cámara Baja, quedará en condiciones de ser promulgada como Ley de la República por el Presidente Gabriel Boric.

Con o sin ley corta de isapres, la Superintendencia de Salud deberá aplicar de igual manera los fallos mandatados por el máximo tribunal, considerando que el plazo para que entren en vigencia se cumplió este domingo 12 de mayo.

¿En qué consiste la ley corta de isapres?

Lo que los parlamentarios votaron consiste en un informe emanado de la Comisión Mixta, compuesta por senadores y diputados, donde se pulieron los últimos detalles de la ley corta de isapres, cuyos principales puntos son los siguientes.

  • Entran en vigencia los fallos de la Corte Suprema: se suspenden cobros en exceso y comienza a regir la tabla única de factores, lo que debe ocurrir simultáneamente con el ajuste de los planes vigentes al 7%. El máximo de reajuste de planes será de 10%, lo que tendrá que justificarse.
  • Plazo de pago de la deuda: 13 años para menores de 65 años, 5 años para mayores de 65 años y 2 años para mayores de 80 años. Isapres no podrán retirar utilidades mientras no estén al día con sus afiliados.
  • Modalidades de pago: excedentes, bonos de deuda o el “pronto pago”, que consiste en un pago en efectivo del total adeudado al usuario, quien deberá estar de acuerdo con el método, pues no podrá ser impuesto por la isapre.
  • El cálculo de las devoluciones no debe considerar los montos ya restituidos mediante el régimen de excedentes.
  • Se extiende el criterio usado el 2024 para definir el Índice de Costos de la Salud (ICSA) a los años 2025, 2026 y 2027 o hasta que exista una nueva ley, lo que ocurra primero.
  • Inicia la modalidad de cobertura complementaria para Fonasa, lo que le permite trabajar con seguros privados a través de licitaciones. Usuarios podrán ir como de costumbre a un prestador privado, pero con una mejor protección financiera.

Radio Acogida FM

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