La Sala del Senado aprobó esta tarde la autorización para que la Comisión de
Trabajo y Previsión Social pueda votar el proyecto en general y en particular a la
vez.
Además, el Ejecutivo y senadores de dicha Comisión acordaron un Protocolo que
establece temas prioritarios a tratar y una metodología legislativa, que fija enero
de 2025 como plazo para despachar el texto desde la Cámara Alta.
Valparaíso, 7 de agosto de 2024.- La Sala del Senado aprobó esta tarde la autorización para
que la Comisión de Trabajo y Previsión Social pueda votar en general y en particular a la
vez, el proyecto de reforma previsional del Gobierno del Presidente Boric, con tal de
despacharla a más tardar en enero de 2025 de su segundo trámite constitucional. La
autorización contó con 32 votos a favor y dos abstenciones.
Esto, luego de que, durante el mediodía, la ministra del Trabajo y Previsión Social,
Jeannette Jara, y el ministro de Hacienda, Mario Marcel, acordaron con los senadores de la
Comisión de Trabajo un protocolo que establece la metodología y los plazos para la
tramitación, así como los nueve temas prioritarios a tratar en la instancia.
El acuerdo fue adoptado por la unanimidad de los integrantes de la Comisión de Trabajo,
los senadores Juan Antonio Coloma, Rodrigo Galilea, Gastón Saavedra, Alejandra Sepúlveda
y Luciano Cruz-Coke.
La ministra Jeannette Jara manifestó que, “en primer lugar, agradecer y valorar la
disposición para poder concordar una metodología con un plazo acotado. Creo que eso es
lo más relevante de lo que estamos aquí hoy día conversando, porque la incertidumbre que
ha afectado por tantos años a los pensionados del país comienza a tener un camino que se
va despejando”.
La secretaria de Estado agregó que “hemos construido un camino que permite sacar
adelante el proyecto de reforma a las pensiones de un callejón en el que ha estado un largo
tiempo”.
Por su parte, el ministro de Hacienda, Mario Marcel, sostuvo: “Este acuerdo en la Comisión
de Trabajo significa destrabar el tratamiento del proyecto de reforma previsional y fijar un
plazo muy concreto para culminar su tramitación. Con ello se da mucha certidumbre, pero,
sobre todo, es una respuesta clara del Congreso a quienes durante mucho tiempo han
apostado por el fracaso de esta reforma”.
El ministro añadió que “este acuerdo define los principios sobre los cuales trabajar,
contiene una descripción de los focos para una dimensión comprensiva de lo que la
reforma debe contemplar y fija un procedimiento que va a permitir un avance lo más fluido
posible”.
Metodología y plazos
Respecto de los plazos y la metodología de tramitación, el Protocolo señala que la
Comisión de Trabajo del Senado discutirá la reforma previsional en general y en particular a
la vez, luego de la autorización por parte de la Sala de la mencionada Corporación.
Así, el proyecto seguirá su tramitación en la Comisión de Trabajo en la forma de votaciones
ad-referéndum, es decir, se van discutiendo los marcos de un potencial texto que se
ingresa con posterioridad a votación. Esas votaciones ad-referéndum “desembocarán en
un texto completo y consistente, el que será sometido a votación en general y particular al
final del proceso. El proyecto deberá quedar despachado a Sala antes del término del
presente año, concluyéndose el segundo trámite constitucional a más tardar en el mes de
enero 2025”, señala el Protocolo.
Las votaciones ad-referéndum irán incorporando indicaciones que serán analizadas por una
instancia técnica, conformada por representantes de las y los senadores de la Comisión, así
como del Ejecutivo. El documento apunta que en la Comisión “se buscarán los acuerdos
más amplios posibles, sin perjuicio de que aquellos que no logren alcanzarse se resuelvan
por votación”.
Temas prioritarios en la tramitación
- Desarrollar mecanismos que permitan elevar el ahorro para pensiones, que involucren la
tasa de cotización, la disminución de la informalidad previsional e incentivos a prolongar la
vida activa. Es muy importante que la reforma no contenga elementos que desincentiven
las cotizaciones. - Establecer parámetros objetivos y claros para la determinación de la PGU (Pensión
Garantizada Universal), de tal forma de evitar el populismo con este pilar clave del sistema
de seguridad social y de importante implicancia fiscal. - Modificar elementos de la organización industrial del mercado de fondos de pensiones
para incrementar la competencia en precios y rentabilidades, la que ha demostrado ser
actualmente insuficiente debido a la inercia de la demanda. Estas modificaciones deben
evitar tener impactos negativos en la rentabilidad de los fondos. - Perfeccionar aspectos de la gestión de fondos con el objetivo de elevar el retorno de los
mismos. - Incrementar el monto de las pensiones actuales y de quienes están próximos a
pensionarse, que aún tengan bajas tasas de reemplazo, a través de un Seguro Social. Este
beneficio, según el diagnóstico ampliamente compartido, será transitorio y debe estar
focalizado en mujeres y en personas de alta densidad de cotizaciones. - Durante el período de vigencia del Seguro Social señalado precedentemente, se deberá
generar un Fondo para sostener el pago de dicho beneficio, cuya inversión será licitada a
privados. - Se establecerá un mecanismo permanente que permita a hombres y mujeres, que
tengan igual condiciones de jubilación (edad y ahorro), obtener la misma pensión. - Se deberá velar por el reconocimiento de los aportes que hagan los cotizantes o sus
empleadores a su nombre. - Fortalecimiento de la institucionalidad previsional, tanto en la determinación de los
parámetros del sistema como en velar por la sostenibilidad de los beneficios en el tiempo.
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