La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Valparaíso y obligó a la Universidad de Chile a entregar el título profesional a una alumna que debe al establecimiento un monto superior a 40 millones de pesos.
La joven, quien cursó la carrera de Ingeniería Civil en la casa de estudios, declaró que en 2023 trató de iniciar su proceso de título, pero se le negaron debido a la deuda.
La sentencia de la Corte Suprema
Según Diario Constitucional, la deuda por colegiatura asciende a los $42.249.714. La estudiante financió parte de la carrera con el Fondo Solidario, beneficio estatal que entrega un préstamo en UTM para el arancel.
La joven solicitó a la Corte que ordenara a la Universidad de Chile a que le otorgara el título, ya que consideró el acto como arbitrario e ilegal, debido a que esto depende de las exigencias académicas que se cumplan.
La entidad educacional rechazó la petición, argumentando que posee autonomía reglamentaria, la que establece como parte de los requisitos para acceder al título no poseer deudas de carácter arancelario. Además, aclaró que nunca se le prohibió continuar con el proceso de titulación, sino que se le invitó a regularizar su situación.
Al tiempo, la Corte de Valparaíso desestimó la acción, al considerar que “la recurrente ha obtenido la calidad de alumna egresada de la carrera o de la licenciatura en el semestre otoño 2023, de lo que se desprende que el proceso de titulación de la actora no se encuentra detenido“.
¿Qué dijo la Corte Suprema?
Sin embargo, esta decisión fue revocada por el máximo Tribunal considerando que “el derecho a la educación considera la etapa de titulación universitaria, sin que pueda condicionarse el mismo a exigencias no previstas en la ley vigente al momento de suscribir el contrato de prestación de servicios educacionales”.
“La negativa de la recurrida a acceder a la petición de la recurrente en orden a completar su proceso de titulación aparece como ilegal (…) toda vez que se ha dado a la actora una diferencia de trato en relación con otros estudiantes que se encuentran en la misma condición de egresados, impidiéndole ilegítimamente completar su proceso de titulación”, añadió la Corte Suprema.
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