Luego que el pasado mes de agosto se aprobara la Ley que regula la entrega de
plásticos de un solo uso y las botellas plásticas, el recién pasado domingo 13 de
febrero, la iniciativa legal inició su período de vigencia en el país, esperando ser
implementada de manera progresiva hasta el año 2024, respondiendo así a una
de las normativas ambientales más ambiciosas del mundo para combatir la
contaminación por el uso indiscriminado de plásticos.
De esta manera, en una primera etapa, los locales de expendio de alimentos
–como restaurantes, cafeterías o fuentes de soda, entre otros,- tendrán prohibido
entregar productos de un solo uso de plumavit, como, por ejemplo,
contenedores.
Al respecto, el Seremi del Medio Ambiente de la Región de Los Lagos, Klaus
Kosiel, quien sostuvo que “con la entrada en vigencia de esta ley estamos frente a
un gran hito medioambiental, que contará con una gradualidad que nos permitirá
dar sustentabilidad a este proceso de transformación hacia una cultura con
mejores hábitos de consumo, dado por un menor uso de ciertos implementos
plásticos, así como el uso de contenedores de plumavit que se ha masificado en
tiempos de pandemia”.
De igual forma, quedará prohibida la entrega de bombillas, revolvedores,
palillos y cubiertos de plástico en este tipo de locales comerciales. En tanto,
los supermercados, tendrán la obligación de contar con una oferta de
bebidas en formato retornable, así como el deber de recibir este tipo de
botellas que lleven las personas.
En definitiva, agregó Kosiel “esta ley se hace cargo de las más de 23.240
toneladas de plásticos de un solo uso y que dadas sus características no son
reciclables. Entonces, en una primera etapa de implementación veremos que
cafeterías, supermercados y restoranes no podrán entregar cubiertos, platos o
bombillas de plásticos de un solo uso, así como productos de un solo uso de
plumavit. Los supermercados deberán ofrecer y recibir botellas retornables,
mientras que los almacenes contarán con dos años más para incorporarse”.
Nuevas etapas
Respecto de las próximas etapas a implementar en el marco de esta ley, cabe
destacar que en agosto de 2023, la normativa vinculada a la obligación de ofrecer
y recibir botellas retornables se extiende a otros comercios, tales como
almacenes, mientras que para agosto de 2024, ningún local de comida podrá
utilizar productos que no sean reutilizables.
Para el caso de los servicios de delivery, a partir de 2024 solo podrán utilizar
utensilios y envases de plásticos certificados, es decir que estén elaborados a
partir de recursos renovables, y que puedan ser compostados. Lo anterior,
también aplicará si es el mismo consumidor quien retira los alimentos del local de
expendio de alimentos.
En el marco del presente cuerpo legal, cabe consignar que corresponderá a las
municipalidades fiscalizar el cumplimiento de la ley, mientras que cualquier
persona podrá denunciar si ello no ocurre. De esta manera, la nueva ley,
contempla sanciones que varían entre una y veinte Unidades Tributarias
Mensuales (UTM) dependiendo del tipo de infracción y del producto
comercializado, las cuales serán aplicadas por el Juzgado de Policía Local de la
comuna donde se encuentre situado el establecimiento.
Plazos: La aplicación de las disposiciones contenidas en la ley se aplican
progresivamente. A continuación, en la tabla se detallan los plazos de entrada en
vigencia de las diferentes prohibiciones y obligaciones:
Radio Acogida FM