La ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Antonia Orellana Guarello, junto a la
subsecretaria de la cartera, Luz Vidal Huiriqueo, encabezó este sábado 8 de junio la ceremonia de
promulgación de la Ley que establece medidas para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia
contra las mujeres, aprobada luego de 7 años de tramitación en el Congreso. En la actividad,
realizada en el Museo de la Educación Gabriela Mistral, participaron más de 200 mujeres
pertenecientes a organizaciones de la sociedad civil de nuestro país.
El Gobierno del Presidente Boric, a través del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género,
reactivó y dio prioridad legislativa a esta iniciativa que había sido ingresada al Congreso por la
primera ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Claudia Pascual, durante el segundo
gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet, el año 2017, y que fue aprobada de manera
transversal en el Congreso Nacional en marzo pasado.
“Esta fue la primera urgencia legislativa que anunciamos como Gobierno, incluso antes de asumir,
el 8 de marzo de 2022. Requirió el trabajo de comisiones unidas en el Senado y una larga discusión
artículo a artículo, pues se pidió discusión separada para cada cosa que dijera ‘género’. Sin
embargo -y requerimiento constitucional mediante- hoy estamos promulgando esta ley”, destacó
la ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Antonia Orellana.
La ministra de la Mujer agradeció a las parlamentarias que contribuyeron al avance de esta
iniciativa, especialmente a las senadoras Isabel Allende, Claudia Pascual, Yasna Provoste, Loreto
Carvajal “y a todas quienes estuvieron ahí para apoyarnos en esta larga pero hoy por fin concluida
tramitación”, concluyó.
Asimismo, Orellana informó que los próximos pasos serán la implementación efectiva de la Ley
junto a los Tribunales de Justicia, para lo cual se ha designado como coordinadora a la ministra de
la Corte Suprema Gloria Ana Chevesich, el Ministerio Público, la Policía de Investigaciones y
Carabineros.
Este hito coincide con la conmemoración de los 30 años de la Convención Interamericana Belém
do Pará, el primer instrumento internacional de Derechos Humanos que promovió exclusivamente
la incorporación de medidas para prevenir y erradicar la violencia hacia las mujeres en los Estados
de América Latina y El Caribe. De hecho, este martes 11 y jueves 12, Chile será sede de la IX
Conferencia de Estados Parte de la Convención, dado que nuestro país se encuentra presidiendo
dicha instancia.
En 1991, en Chile se ingresó la primera moción parlamentaria sobre violencia de género. Desde
entonces, han existido importantes avances en materia de visibilización y tipificación de la
violencia de género, en particular desde 2020, cuando se promulgó la Ley Gabriela, que permitió
penalizar el delito de femicidio íntimo y no íntimo. Esta ley integral marca un nuevo avance para
nuestro país, pues permitirá contar con un marco legal que reconoce la violencia de género que
se ejerce en espacios distintos al ámbito de las relaciones afectivas y/o familiares.
Principales aspectos de la Ley Integral
La Ley promulgada es un marco normativo para abordar la prevención, sanción y erradicación de
la violencia contra las mujeres en razón de su género, que establece las bases y lineamientos
para su abordaje, y los deberes de los distintos órganos del Estado en esta materia.
Entre muchos otros aspectos, la ley precisa algunas definiciones sobre distintos tipos de violencia
de género y su expresión (física, psicológica, sexual, económica, gineco-obstétrica, etc.); realza el
rol preventivo que deben tener los órganos del Estado para erradicar la violencia contra las
mujeres de manera efectiva;; fortalece las medidas cautelares y establece un mecanismo de
supervisión judicial para garantizar su cumplimiento y pertinencia; e incorpora a niñas, niños y
adolescentes como víctimas directas de la violencia de género que viven sus madres o
cuidadoras, “permitiendo que se decreten mejores medidas de alejamiento (…) y por otro lado,
que como sociedad nos demos la oportunidad de romper con el ciclo de transmisión de la
violencia generación a generación”, señaló la ministra Orellana.
Además, amplía las medidas cautelares a delitos y agresiones que ocurran fuera de relaciones
filiales, afectivas o de convivencia. Hasta ahora, solo se podía decretar medidas cautelares
inmediatas en los casos de violencia intrafamiliar.
Asimismo, la ley garantiza la asistencia y representación judicial gratuita a las víctimas de
violencia de género; fortalecerá el rol de representación jurídica del SernamEG en casos de
femicidios o suicidios femicidas, para llegar antes y más rápido; y permitirá contar con un sistema
de gestión integral de casos, para que todos los organismos que trabajan en la prevención,
atención y reparación de la violencia contra la mujer, cuenten con la misma información y
puedan intervenir y articularse eficientemente, evitando -además- la revictimización.
Desde un enfoque preventivo, el objetivo de esta ley es propiciar la elaboración e
implementación de planes, programas y protocolos para su prevención. Asimismo, algo
fundamental es que esta iniciativa mandata a los órganos del Estado a actuar con estándares de
debida diligencia, lo que implica que investiguen o juzguen hechos de violencia de género, según
corresponda, y adopten medidas oportunas, idóneas, y exhaustivas para garantizar el acceso a la
justicia, y así evitar el archivo de casos.
Esta Ley entrará en vigencia una vez publicada en el Diario Oficial, con excepción de los artículos
que decretan la elaboración de Reglamentos, los que deberán dictarse dentro de los próximos 12
meses.
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