El beneficio, gestionado por el SENCE, entrega un apoyo económico a las
empresas que contraten formalmente a personas desempleadas en regiones
con altos niveles de desempleo es ejecutado por SENCE.
Postulación (con Clave Tributaria) en www.subsidioalempleo.cl
Como parte del plan del gubernamental para promover la inserción laboral, fortalecer
el empleo formal y contribuir a la recuperación del mercado laboral, esta mañana se
habilitaron las postulaciones al nuevo subsidio a la contratación, beneficio estatal que
entrega una bonificación mensual directa a las empresas beneficiarias por cada
trabajador o trabajadora que cumpla los requisitos establecidos.
La propuesta de Subsidio a la Contratación Línea de Activación Laboral cuenta
con un presupuesto inicial de $24.500 millones y tiene como meta dar cobertura a
25.000 nuevos puestos de trabajo a nivel nacional.
La iniciativa, disponible en https://www.subsidioalempleo.cl/index.html, entrega una
bonificación mensual (por un período máximo de cuatro meses) de hasta el 50% para
trabajadores y hasta un 60% para trabajadoras de un Ingreso Mínimo Mensual (IMM)
por cada trabajador o trabajadora postulado/a (actualmente $553.553).
“SENCE ha administrado con éxito distintos subsidios al empleo en los últimos años,
desarrollando capacidades técnicas y operativas que hoy ponemos nuevamente al
servicio del país. Esa experiencia nos permite implementar este beneficio con
eficiencia, transparencia y la certeza de que contamos con los equipos y las
plataformas necesarias para apoyar la creación de nuevos empleos formales”, explica
el director nacional (s) del SENCE, Rodrigo Valdivia Lefort.
El beneficio aplica a trabajadores y trabajadoras cuya remuneración bruta mensual no
supere los tres Ingresos Mínimos Mensuales (IMM) y se paga directamente a la
empresa empleadora.
Cada empresa podrá acceder a un máximo de 200 subsidios durante toda la vigencia
del programa, que se devengará hasta diciembre de 2026). Las postulaciones
realizadas y aprobadas entre julio y agosto 2026 podrán acceder hasta a cuatro
pagos. A partir de septiembre, a 3 pagos y aquellas y las de octubre, a 2 pagos (Ver
calendario de pago).
“El objetivo de esta herramienta es generar nuevas oportunidades de empleo formal
para personas que hoy se encuentran desempleadas. Para lograrlo, el subsidio se
entrega a las empresas como un incentivo para crear nuevos puestos de trabajo,
permitiendo que más personas accedan a un empleo estable, con contrato y
protección social”, detalle la autoridad del Servicio.
Las postulaciones al subsidio podrán hacerse hasta el mes siguiente al inicio de
la relación laboral. Es decir, relaciones laborales iniciadas entre el 15 y 31 de
julio, podrán postularse hasta el 31 de agosto y así sucesivamente.
Pueden acceder al beneficio empresas que:
– Tributen en Primera Categoría.
o Contraten trabajadores o trabajadoras mayores de 18 años (a partir del 15 de
julio de 2026).
– El trabajador o trabajadora no debe registrar cotizaciones previsionales con
ningún empleador en los tres meses inmediatamente anteriores al inicio de la
relación laboral.
– La remuneración bruta mensual no debe supere tres Ingresos Mínimos
Mensuales (IMM).
– Que el contrato de trabajo debe estar registrado en la Plataforma Electrónica
de la Dirección del Trabajo, (Plataforma de la Dirección del Trabajo).
No se otorgará el beneficio por trabajadores o trabajadoras que:
– Hayan sido despedidos por la empresa y posteriormente recontratados, en los
casos definidos por la resolución que regula el beneficio.
– Sean socios o accionistas de la empresa solicitante, o cuya identidad coincida
con la de ésta.
– Sean cónyuges, hijos, hijas, adoptados, adoptadas, o parientes hasta el tercer
grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive respecto del dueño,
socio o accionista de la empresa solicitante.
Tampoco podrán acceder al beneficio las empresas estatales o aquellas que reciban
aportes estatales ni tampoco organismos o entidades del estado.
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