Provincia de Chiloe

Operario acuícola se expone a doble presidio perpetuo por bestiales asesinatos en isla Caguach de Quinchao

Ayer comenzó el juicio oral. El sujeto enfrenta cargos por homicidio calificado contra su hermano y el parricidio de su abuela. A ambos los degolló en su casa. El debate se enfocará en la eventual inimputabilidad del encartado.

Con la exposición de seis testigos y peritos comenzó ayer el juicio contra un joven confeso de asesinar a su hermano y abuelita, al interior de la casa que compartían en el sector Bellavista de la isla Caguach, en Quinchao.

Por estos macabros crímenes se expone a dos presidios perpetuos, uno de ellos calificado (40 años efectivos antes de optar a beneficios). Ante la sala presidida por el magistrado Patricio Carrasco del Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Castro, los intervinientes iniciaron la exposición de los medios probatorios –tienen 169 a disposición- por este caso que se remonta al 24 de marzo del 2024, cuando el sujeto de iniciales F.D.M.V. (27) atacó a las víctimas motivado por el “odio”, como reconoció en la indagatoria y en la propia audiencia.

Se le acusa al isleño por el delito de homicidio calificado –con alevosía y ensañamiento- contra su hermano de iniciales P.F.M.V. (34), a quien le propinó una estocada en la espalda y luego otras cuatro heridas en el cuello para rematarlo en el suelo con 12 cuchilladas.

Además, enfrenta cargos por parricidio contra su abuela individualizada como R.A.G.G. (75), a quien también degolló. Para sustentar su alta pretensión punitiva, el fiscal Javier Calisto invocó nueve agravantes de responsabilidad contra el operario acuícola, reconociendo solamente la irreprochable conducta anterior.

Así lo refrendó en sus alegatos de apertura, enfatizando que la evidencia recogida durante los 722 días en que permaneció abierta la investigación permitirá “establecer que se trató de un hecho terrible, en el cual el acusado atacó a su hermano y abuela sin que estos tuvieran posibilidad de defenderse”.

El persecutor remarcó que las calificantes se sustentan en el “aprovechamiento del estado etílico del hermano (alevosía) y en la existencia de lesiones innecesarias para el resultado fatal (ensañamiento), mientras que en el ataque contra la adulta mayor abusó de la superioridad de sus fuerzas y la discapacidad de la mujer, asegurando el resultado y obrando en su propia morada”. Un crimen que afirmó tuvo como móvil el “resentimiento hacia las víctimas”.

Asimismo, Álex Contreras, coordinador del Centro de Apoyo a Víctimas de Delitos (CAVD), quien representa a dos hermanas de los occisos como querellantes, sostuvo en la sesión que con la prueba presentada “se acreditará que el sujeto actuó con dolo homicida y que se deben aplicarse las máximas penas en su contra”.

Es más, el abogado reiteró que “las familias aguardan por justicia para cerrar este episodio que conmovió a toda la comunidad de Caguach”.  

Por su parte, el defensor Nelson Troncoso, admitió en su exposición que “no desconocemos el dolor generado y la ocurrencia de los hechos”. Incluso, desde los albores de la indagatoria ya se manejaba que su representado confesó su autoría en las letales embestidas.

No obstante, el jurista apuntó que lo central durante el juicio será el análisis de la condición mental del isleño al momento de cometer los ilícitos. Enfatizó el profesional que el encausado padece “esquizofrenia simple, una enfermedad grave, crónica y progresiva, que lo afectó en su capacidad de juicio. Él no actuó motivado por la maldad, sino como consecuencia de una patología siquiátrica”.

Bajo este escenario y apoyado de un informe del doctor Cristian Palma, psiquiatra del Área de Salud Ambulatoria (ASA) del Complejo Penitenciario Alto Bonito de Puerto Montt, donde se encuentra recluido el encartado, el defensor invocó la eximente de responsabilidad por enajenación mental, o en su defecto, la concurrencia de la inimputabilidad disminuida.

Igualmente, la fuente señaló ante la sala que se configuran las atenuantes de no tener condenas anteriores, la colaboración sustancial y la de haberse denunciado cuando pudo eludir la acción de la justicia.

Los acusadores discreparon de la existencia de la inimputabilidad como fondo en esta causa. El fiscal Calisto aseguró que “no se podrá probar la eximente, puesto que no se presentaron peritajes forenses para acreditar dicha condición”.Incluso, el persecutor no dudó en indicar que el acusado “actuó de forma fría y consciente. Pudo elegir no matar, pero mató”.

En tanto, Álex Contreras coincidió al enfatizar que “no existen antecedentes previos a los hechos sobre alguna patología mental. Además, el imputado no colaboró para realizarse algún peritaje (en el Servicio Médico Legal) para establecer dicha circunstancia”.

A pesar de estas aclaraciones, los abogados presentaron en subsidio, si los jueces acogen la inimputabilidad, una medida de seguridad en la que piden que el isleño quede privado de libertad de por vida en un establecimiento siquiátrico.

Con esta discusión como centro, la audiencia se retoma hoy con la exposición del resto de la prueba fiscal, tanto de manera presencia como vía telemática con el TOP de Castro. 


Sitio:Soychile.cl

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